Meridais Abogados

La sentencia dictada por el juzgado de lo social número 7 de granada de fecha 16/02/2018 estimó la demanda interpuesta, declarando la nulidad del despido del trabajador practicado el 28/04/2017 condenando a la empresa a abonar al mismo la indemnización de 143, 77 euros y declarando extinguida la relacion laboral en dicha fecha se condenaba igualmente a la demandada a abonarle la suma de 906, 20 euros con los intereses por mora, asi como la cantidad de 1000 euros en concepto de indemnizacion por daños morales derivados de la infraccion de la libertad sindical cometida.En caso de que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitacion.

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